Recientemente se eliminó la obligatoriedad de usar mascarillas en exteriores
Ante el descenso de infectados por Covid-19, se van relajando las medidas y ahora ya se puede volver al consumo de pie en barras de bares y restaurantes. La Comunidad de Madrid publicó ayer en el Boletín
Oficial regional la Orden 262/2022 de la Consejería de Sanidad, que permite también ese consumo de pie en barra en los salones de banquetes.
La nueva normativa añade además la celebración de cócteles y catering de pie, como en el caso de las ceremonias religiosas o civiles. Se elimina así la limitación actual que obligaba a que la ingesta se hiciera sentado.
Además, se aclara que el horario en las terrazas será como máximo el que se aplica a las anexas o accesorias a bares, cafeterías o restaurantes, excepto si los locales de los que dependen disfrutan de un horario menor. En este caso, la hora máxima de cierre será la que tenga asignada.
Por último se suprime la medida temporal que flexibilizaba la contratación de determinado personal en centros sociales que tuvieran dificultad para encontrar trabajadores disponibles en relación al cuidado de personas mayores en centros de día o atención domiciliaria.
Antes de permitirse el consumo de pie en barra, se eliminó la mascarilla en exteriores
En estos días, podría aprobarse alguna nueva relajación de las medidas, gracias a la evolución positiva de contagios. La última que se eliminó fue la obligatoriedad de usar mascarilla en exteriores el pasado 10 de febrero. Ya se había quitado en junio pasado, pero volvió a imponerse la pasada Nochebuena al aumentar los positivos en Covid-19.
El Consejo de Ministros aprobó el pasado 8 de febrero el Real Decreto que eliminaba la mascarilla en exteriores, excepto en eventos multitudinarios al aire libre cuando los asistentes estén de pie o, si están sentados, cuando no se pueda mantener la distancia de seguridad. También se exceptúa en los andenes o estaciones de medios de transporte al exterior.
Ese mismo día, la Comunidad de Madrid estableció también el fin de la obligatoriedad de las mascarillas en recreos y actividades al aire libre de los centros educativos.
Lo recoge la Orden 168/2022 de la Consejería de Sanidad publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) por la que se modifica la Orden 1244/2021, de 1 de octubre.
Continúa la mascarilla obligatoria en interiores
La mascarilla continúa siendo obligatoria en espacios interiores como hasta ahora. Esto incluye lugares como bibliotecas, supermercados y otros espacios. Además, se considera imprescindible su uso en el transporte público de hasta 9 plazas si se trata de personas no convivientes.
Siguen quedando exentos de este uso obligatorio las personas que se encuentren en espacios cerrados de uso público que sean lugar de residencia de algún colectivo. Es el caso de los centros de mayores, por ejemplo. Solo se podrán acoger a esta excepción si más del 80% de los residentes tienen pauta completa y dosis de refuerzo.
Además de la mascarilla, tanto en interiores como en exteriores, se deben seguir cumpliendo con el resto de medidas frente a la Covid-19. Entre ellas, mantener la distancia de seguridad o hacer uso del gel hidroalcohólico.
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