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Termina el plazo para solicitar el voto por correo para las elecciones europeas

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voto por correo elecciones autonómicas 4 mayo

El jueves 30 de mayo, es el último día para pedirlo, y se podrá volar hasta el 6 de junio, para las elecciones europeas del 9 de junio

El jueves 30 de mayo es el último día para solicitar el voto por correo para las elecciones europeas, que se celebran el domingo 9 de junio. Se puede pedir gratuitamente en cualquier oficina de Correos, con el DNI, pasaporte o carné de conducir vigentes.

También se puede hacer manera telemática, evitando desplazamientos, a través de la web oficial de Correos. Para realizarlo se puede utilizar, como en otros procesos anteriores, un certificado DNI Electrónico (obtener DNI electrónico) o un certificado digital válido.

Las personas que hayan solicitado el voto por correo de forma telemática podrán consultar el estado de su solicitud a través del siguiente enlace.

El voto por correo vía internet no lo pueden solicitar los electores residentes en España que se encuentren temporalmente en el extranjero, ni los electores residentes en el extranjero que lo soliciten desde su país de residencia.

Los ciudadanos que se encuentran en el extranjero de manera temporal, pero censados para votar en España, podían solicitar el voto por correo en la oficina consular correspondiente hasta el 11 de mayo.

Solicitud del voto por correo presencial para las elecciones europeas

La solicitud de voto por correo presencial debe realizarse personalmente por cada elector, salvo en caso de enfermedad o discapacidad –acreditada mediante certificación médica oficial-. En este caso la puede presentar otra persona autorizada notarialmente o consularmente en nombre del elector.

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Tanto en la solicitud online como en la presencial se debe indicar la dirección donde se vaya a estar en el periodo en el que las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral envíen la documentación necesaria para votar y que no tiene por qué coincidir con el domicilio habitual.

voto por correoUna vez presentada la solicitud vía web o presencial, si es aceptada por la Oficina del Censo Electoral, no se podrá votar en la mesa electoral el día de la votación.

¿Cómo se realiza el voto por correo, tras la solicitud?

Una vez hecha la solicitud correspondiente y cerrado el plazo, el elector recibe en su domicilio, por correo certificado a la dirección indicada por el elector en la solicitud, la documentación necesaria para ejercer su derecho al voto:

  • Un sobre con una papeleta de cada una de las formaciones políticas que se presentan a las elecciones.
  • Otro de votación, junto con el certificado de inscripción en el censo.
  • Otro con la dirección de la mesa electoral donde le correspondería votar.

Actualmente, estos envíos ya se están realizando.

Hay que introducir la papeleta de voto elegida en el sobre de votación y cerrarlo. Este y el certificado deben meterse, a su vez, en el sobre dirigido a la mesa electoral para su envío por correo certificado. El plazo para realizar este paso finaliza el 6 de junio y el proceso es gratuito.

Lo tiene que entregar personalmente el elector en las oficinas de Correos. Para ello, al depositar el voto por correo, debe identificarse mediante lapresentación del Documento Nacional de Identidad, pasaporte, permiso de conducir, tarjeta de residencia o cualquier otro documento válido que permita identificarlo.

correosEl voto por correo en el día de las elecciones europeas

Una vez llega el día de las elecciones europeas, en este caso el 9 de junio, el voto por correo se introduce en la urna igual que si el elector hubiera votado de manera presencial. Previamente, los miembros de la mesa comprueban que cada sobre remitido contiene el certificado de inscripción en el censo y que, en efecto, el elector está inscrito en dicha mesa.

A partir de las 20 h, que cierran los colegios, se hace recuento y, poco después, se muestran los resultados públicamente. En caso de que hubiera algún problema con el voto, se puede acudir a la oficina de Correos donde se presentó la solicitud, o bien consultar el estado de la tramitación a través su web oficial mediante la referencia que figura en la copia de la solicitud.

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