El plazo de subsanaciones para los excluidos queda abierto hasta el día 14
La Comunidad de Madrid ha publicado el listado provisional de los ciudadanos que recibirán las ayudas al alquiler 2017. Han sido más de 21.000 solicitudes recibidas desde que terminó el plazo el pasado 16 de mayo. La publicación se ha hecho a través de la Dirección General de Vivienda, donde aparece el listado tanto de admitidos como de excluidos provisionales.
En el caso de los excluidos, podrán formular alegaciones, subsanar la solicitud y aportar más documentación relativa a la presentada en la primera instancia. Para estos trámites contarán con un plazo máximo de diez días hábiles – desde el pasado 1 al 14 de este mes, ambos inclusive.
Cualquier extremo que se quiera acreditar mediante documentación, deberá haber sido solicitada por el interesado antes del pasado 16 de mayo, cuando finalizaba el plazo de presentación de las solicitudes.
Miles de familias contarán con esta ayuda
Al menos 7000 familias podrán beneficiarse de estas ayudas al alquiler, cuyo plazo de solicitud fue del 21 de abril al 16 de mayo. Todos los mayores de edad podían acceder a ella, aunque se priorizaba a aquellos con menos recursos.
La ayuda al alquiler será del 40% de la renta anual, con un límite de 2400 € anuales por vivienda. El alquiler a pagar debe ser igual o inferior a los 600 € mensuales. Para poder acceder a las subvenciones los requisitos necesarios eran ser titular de un contrato de arrendamiento en la Comunidad de Madrid y que la vivienda constituya el domicilio habitual.
Los solicitantes podían ser personas con nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo. Se mantiene durante 2017 la dotación económica para este plan, con 17 millones de euros.
Ayudas a la rehabilitación edificatoria
Las ayudas a la rehabilitación edificatoria, regeneración y renovación urbana se han prorrogado también para 2017. Tienen como objetivo financiar la ejecución de obras de mantenimiento en las instalaciones fijas y equipamientos propios. Afecta a aquellos edificios donde al menos el 70% de su superficie construida sobre rasante sea de uso residencial. Además, el 70% de las viviendas deben ser el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios.
Con esta ayuda, se podrá actuar sobre la instalación de sistemas energéticos eficientes, ascensores, productos para personas con discapacidad, etcétera. La cuantía máxima de la subvención por edificio no puede superar el importe de multiplicar 11.000 € por cada vivienda y por cada 100 metros cuadrados de superficie útil de local.
Además, tampoco puede superar el 35% del coste subvencionable de la actuación. No obstante se podía llegar al 50% de ayuda en partidas correspondientes a la accesibilidad. El presupuesto total de estas ayudas es de 38,5 millones de euros.
Como ya se hizo el año pasado, los solicitantes contaban con la ayuda de un simulador. Este facilitaba el cálculo, en función de su renta y características familiares, si estaban o no dentro del cupo de posibles beneficiarios.
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