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Nuevas medidas de circulación en la ciudad

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Carril bici en la capital madrileña.

En calles de un solo carril por sentido, el límite de velocidad será 30 kilómetros por hora

Desde ayer, la movilidad para los vehículos de todo tipo ha cambiado en Madrid. La nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible nace, según el Ayuntamiento, con el objetivo de garantizar una mayor seguridad vial, proteger la salud de las personas con la mejora de la calidad de aire, profundizar en la sostenibilidad medioambiental y energética de la movilidad urbana y lograr una mejor convivencia entre modos de transporte.

Gran Vía con acerasEstos son los aspectos más importantes que hay que tener en cuenta:

Límite de velocidad a 30 kilómetros por hora

  • En las calles de un solo carril por sentido o carril único (un 85% del total de la ciudad) no se podrá circular a más de 30 km/h.
  • Las calles que forman parte de la Red Básica de Transportes podrán mantener los 50 km/h.
  • Se reduce a 20 km/hora la velocidad en las zonas de plataforma única (calles de coexistencia).
  • Se crea la posibilidad de declarar ‘zonas de prioridad peatonal’, donde quedará prohibido el estacionamiento de motos en las aceras.

Vehículos de Movilidad Urbana

  • Todos los VMU (A, B -plataformas de una o dos ruedas, patinetes con motor eléctrico y segways- y C-bicicletas con cesta grande, con pasajeros, trixie y bicicletas para distribución urbana de mercancías) pueden circular por:
    • ciclocalles
    • carriles bici
    • pistas bici
    • calzada de calles integradas dentro de zonas 30, respetando la prioridad del peatón
    • calles donde todos sus carriles tengan la velocidad máxima de circulación igual o inferior a 30Km/h.
  • Para rodar por la calzada, los vehículos de tipo A y B deben llevar timbre, sistemas de frenado, luces y elementos reflectantes debidamente homologados.
  • No pueden circular por las aceras salvo aceras-bici y a velocidad reducida. Tampoco por carriles bus, accesos y tramos no semaforizados de la M-30
  • En los parques pueden ir por los itinerarios en los que estén autorizadas las bicicletas y en el caso de sendas compartidas con peatones la velocidad se limitará a 5 kilómetros por hora.
  • La edad mínima permitida para circular con un VMU será de 15 años. Los menores de esa edad podrán utilizarlos en zonas cerradas al tráfico acompañados y bajo la responsabilidad de sus tutores. Los menores de 16 años usuarios de vehículos A y B deben llevar casco.
  • No se puede circular con estos vehículos cuando se supere la tasa de alcohol establecida ni se podrán utilizar auriculares conectados a aparatos de sonido.

Carril bici

Bicicletas

  • Como norma general, las bicicletas deberán circular por la calzada- ocupando la parte central del carril y permitiéndose la circulación de dos ciclistas en paralelo cuando no suponga riesgo- y vías ciclistas.
  • Solo los menores de 12 años podrán circular en bicicleta por las aceras y zonas peatonales, pudiendo ir acompañados por una persona adulta a pie.
  • Podrán girar a la derecha con semáforo en rojo siempre que esté señalizada esa posibilidad.
  • Se permitirá la circulación en ambos sentidos en calles residenciales (con velocidad de 20 km/h o inferior) y ciclocalles y en la red viaria local cuando estén específicamente señalizadas para ello.
  • Se permitirá anclar las bicis, patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad urbana, a vallas u otros elementos de mobiliario urbano, excepto bancos y marquesinas, pero nunca a elementos vegetales.

Estacionamiento de vehículos de dos ruedas

  • Motos, ciclomotores, bicis y vehículos de movilidad urbana de los tipos A y B (patinetes eléctricos y segways) tendrán que estacionar en las plazas destinadas para ellos.
  • Si no las hay, pueden hacerlo en las aceras siempre que dejen más de 3 metros de ancho libre.
  • En aceras de menos de seis metros deben hacerlo paralelamente al bordillo.
  • Si la acera tiene más de 6 metros, aparcarán en semibatería o ángulo junto al bordillo.
  • Tienen que guardar una distancia mínima de 2 metros respecto a los pavimentos tactovisuales y respetar los espacios peatonales próximos a paradas de autobús o taxi, estaciones de BiciMAD y otras reservas.
  • Es obligatorio dejar 5 metros de espacio libre tanto en acera como en calzada junto a los pasos de peatones seguidos de reservas para motos en calzada, dado que suponen una menor barrera visual que los coches y, por lo tanto, mayor seguridad para los peatones.

Motos aparcadas en aceras

Personas con movilidad reducida

  • Las personas con movilidad reducida tendrán prioridad sobre el resto de los usuarios. Las que circulen sobre sillas motorizadas deben acomodar su marcha a la de los peatones (máximo 5 km/h) si van por las aceras, pero también pueden circular por las vías ciclistas de la tipología acera-bici, donde igualmente tendrán de prioridad.
  • Tienen prioridad para acceder a la reserva de plazas de aparcamiento de uso público (rotatorio) de titularidad municipal, y a los aparcamientos municipales de residentes.

Monopatines

  • Los patines y patinetes sin motor, incluyendo monopatines, pueden circular por:
    • aceras y demás zonas peatonales a una velocidad adaptada al paso de personas, que no exceda de los 5 kilómetros por hora;
    • aceras-bici y sendas ciclables, a una velocidad que no supere los 10 kilómetros por hora
    • pistas-bici y ciclocalles exclusivas para la circulación de bicicletas
    • carriles bici (solo los mayores de 16 años pueden ir sin casco; los menores acompañados, con casco y elementos reflectantes).
    • parques, por aquellos itinerarios en los que esté permitida la circulación de bicicletas, a velocidad máxima de 5 kilómetros por hora.

Toda la información se puede consultar en la web del Ayuntamiento.

 

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