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31.302 madrileños estarán en las mesas electorales el 23 de julio

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Se enviarán notificaciones con acuse de recibo a los elegidos y, de manera excepcional, podría valer la justificación de tener un viaje contratado con anterioridad, para renunciar a estar en las mesas electorales

Al igual que en las pasadas elecciones municipales y autonómicas del 28 de mayo, son 31.302 los ciudadanos designados para formar parte de las mesas electorales de Madrid que van a constituirse el próximo día 23 de julio con motivo de la celebración de elecciones a Cortes Generales. Han sido seleccionados tras un sorteo informático en un Pleno Extraordinario del Ayuntamiento y van a recibir la notificación con acuse de recibo.

El sorteo establece los cargos de presidente y vocales que corresponden a cada uno de los seleccionados, así como los que han de actuar como suplentes. En total, se va a notificar el nombramiento a 31.302 personas elegidas, que son las requeridas para cubrir las 3.478 mesas electorales de los 416 colegios electorales del municipio de Madrid.

Son 15 colegios menos que en las anteriores elecciones de mayo. Se debe a ajustes que han tenido que hacerse por obras en algunos, y por sustitución de locales no climatizados por otros que sí disponen de climatización.

mesas electorales madridTres miembros por mesa, además de dos suplentes

Cada mesa está integrada por un presidente y dos vocales y se designan además dos suplentes para cada uno de estos tres miembros. Es decir, el proceso informático designa un total de nueve electores por mesa, aunque sólo tres de ellos actuarán el día de las elecciones.

El censo electoral en la ciudad de Madrid es de 2.685.696 electores, de los que 2.367.120 residen en la capital y 318.576 en el extranjero.

La mesa con el mayor número de electores está en el distrito de Villa de Vallecas, con 1.017, en la Sección 58, Mesa B. La que menos tiene, con 340, está ubicada en el distrito de Latina, Sección 60, Subsección 2, Mesa C.

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mesas electorales en madrid
Foto: El Mirador de Madrid

Obligación de acudir a las mesas electorales de Madrid

A las personas seleccionadas se les remite una notificación con acuse de recibo a sus domicilios. Posteriormente se les envía el manual de miembro de mesa en el que se detallan sus funciones. Y todos los nombramientos incluyen información de la ubicación en la web del Ministerio del Interior de ese manual en su versión electrónica. Adicionalmente, en cada mesa electoral se dispondrá de otros tres ejemplares del manual.

La condición de miembro de la mesa electoral tiene carácter obligatorio. Si, por algún motivo no pudieran aceptar el cargo, deben enviar sus razones justificadas documentalmente ante la Junta Electoral de Zona de Madrid (calle Manuel Luna, 29), que es el órgano que tiene que resolver el asunto. Las justificaciones también podrán presentarse mediante un formulario electrónico que se ha habilitado en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid.

Elecciones madrid

Las personas designadas presidente o vocal que tengan entre 65 y 70 años podrán renunciar al cargo poniéndolo en conocimiento de la Junta, a fin de nombrar a un sustituto (artículo 26.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General).

Al igual que en las pasadas elecciones de mayo, cuando se presenten en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid, las renuncias voluntarias de electores de esas edades, se tramitarán de forma automática.

Así, el sistema verifica el dato de edad en el censo y genera la aceptación de la renuncia en el momento. Este trámite no requiere de identificación electrónica, puesto que se realiza utilizando un código de verificación individual para cada elector que solo éste conoce, al ir incluido en la notificación de su nombramiento personal.

Justificación para no estar en las mesas electorales

Las causas de impedimento de asistencia están recogidas en la Instrucción 1/2018, de 14 de marzo, de la Junta Electoral Central. Algunas que se pueden alegar, previa acreditación documental, son tener una discapacidad igual o superior al 33 %, haber formado parte de una mesa electoral con anterioridad al menos en tres ocasiones en los últimos diez años, médicos y personal sanitario de guardia o las personas que sufran grave trastorno por razón de las cargas familiares.

mesas electorales elecciones madridPor otra parte, según criterio adoptado por la Junta Electoral Central en su Acuerdo 329/2023, y exclusivamente para el presente proceso electoral, las Juntas Electorales de Zona competentes podrán valorar la excusa consistente en que el día de la jornada electoral coincida con un desplazamiento o estancia de carácter vacacional contratado antes de la convocatoria de las elecciones, y cuya cancelación ocasione un perjuicio económico o un trastorno grave al solicitante.

Delito electoral

En el caso de no aportar justificación o que no sea aceptada, y no presentarse el elector designado al acto de constitución de las meses, se considerará delito electoral. Eso supone un procesamiento judicial.

Es algo que ya ha sucedido en alguna ocasión con personas que presuntamente han eludido su obligación de miembro de mesa en otros procesos electorales. Las penas son: prisión de tres meses a un año, o de multa de seis a 24 meses (artículo 143 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General).

elecciones mesasPara compensar esta colaboración, el presidente y los dos vocales que finalmente formen parte de cada mesa electoral, recibirán un permiso retribuido durante el día de la votación si este día afecta a jornada laboral.

También tendrán reducción de cinco horas de su jornada de trabajo el día siguiente, y una dieta de 70€. Además, están protegidos por el Sistema de la Seguridad Social frente a las contingencias y situaciones que pudieran derivarse de su participación en los comicios.

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