Inicio Actualidad Los madrileños ya pueden pedir ayudas al alquiler hasta el 10 de...

Los madrileños ya pueden pedir ayudas al alquiler hasta el 10 de marzo

1145
0
vivienda

Los madrileños ya pueden pedir ayudas al alquiler hasta el 10 de marzo.

 

  • Podrán acceder a ellas familias con ingresos menores de 35.000€ anuales, si tienen cuatro miembros, y de 32.000, si son unifamiliares o de dos miembros.
  • Se concederá un máximo de 200€ al mes.
  • La ayuda se empezará a abonar en mayo, pagándose los primeros meses del año, desde enero, con carácter retroactivo.

Los inquilinos con rentas medias o bajas tienen este año la posibilidad de solicitar una ayuda para pagar su alquiler mensual. Tendrán acceso a ella las familias con ingresos menores de 35.000€, si son de cuatro miembros, o de 32.000€, para unidades familiares de uno o dos miembros, priorizando las rentas más bajas. La solicitud se puede presentar desde ayer y hasta el 10 de marzo y la ayuda será de máximo 200€ al mes.

Los únicos requisitos para acceder a esta subvención son, además de no superar el umbral de ingresos anuales establecido, tener la nacionalidad española o de un país comunitario, ser titular de un contrato de arrendamiento de una vivienda en el mercado libre o protegida de titularidad no pública, y que esta sea la residencia habitual y permanente. Se concederán un máximo de 10 millones de euros, siendo los primeros beneficiados los solicitantes de menos ingresos.

Además de la solicitud, los interesados deben entregar una copia del DNI o permiso de residencia, una copia del contrato de arrendamiento, una nota simple del Registro de la Propiedad, una copia del resguardo del depósito de la fianza en el IVIMA, una copia de la Declaración del IRPF de la unidad familiar y el certificado del Servicio de Índices del Registro de la Propiedad de titularidades inscritas a los titulares del contrato.

La pueden pedir inquilinos que compartan piso
También habrá que entregar el certificado de empadronamiento donde figuren todas las personas que tengan su domicilio habitual en la vivienda. Por eso, no solo tendrán acceso a estas ayudas las familias, sino también los inquilinos que compartan una vivienda aunque no tengan parentesco entre sí, siempre y cuando no superen el límite de ingresos establecido.

Las ayudas se abonarán mes a mes y se concederán por un plazo máximo de doce meses. Empezarán a pagarse en mayo, después de que se publique el listado de admitidos y excluidos en la página web de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación de la Comunidad de Madrid. Los primeros meses del año: enero, febrero, marzo y abril, se pagarán con carácter retroactivo en mayo, y después se abonarán cada mes.

La orden que regula la concesión de estas ayudas está publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM), donde se pueden consultar todos los detalles y requisitos.

Ya podéis uniros a nuestro nuevo canal de Telegram y a nuestro grupo de Whatsapp, para recibir en el momento las noticias que publicamos cada día. ¡Únete pinchando en los enlaces o escanea el QR!

WHATSAPP
TELEGRAM

Si te ha gustado este artículo, déjanos un comentario. También puedes regalarnos tu Me gusta en nuestro Facebook y seguirnos en Twitter.

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.