La Mesa de la Cámara asume el criterio de los letrados y concluye que la suspensión previa como diputado impide cobrar la compensación por cese
El Congreso de los Diputados se dispone a cerrar definitivamente la puerta a la indemnización por cese solicitada por el exdiputado socialista José Luis Ábalos tras abandonar su acta el pasado 28 de enero, desde la cárcel de Soto del Real donde cumple prisión preventiva por el caso Koldo, relacionado con presuntas comisiones y contratos irregulares de mascarillas durante la pandemia.
Aunque la decisión no será firme hasta este martes, la Mesa de la Cámara ya se inclina por desestimar la petición al considerar que Ábalos no tenía derecho a esa compensación al encontrarse suspendido como diputado en el momento de formalizar su renuncia.
La Mesa del Congreso de los Diputados analizará antes del pleno el informe elaborado por los servicios jurídicos de la Cámara, que concluye de forma clara que Ábalos no puede percibir la indemnización por cese prevista en el reglamento de pensiones parlamentarias. El documento recuerda que, en legislaturas anteriores, ningún diputado suspendido ha cobrado esta compensación, reforzando así una doctrina ya consolidada.

Los letrados subrayan que la suspensión parlamentaria implica la pérdida total de derechos, prerrogativas y beneficios económicos asociados al cargo. En ese contexto, la renuncia posterior al escaño no puede interpretarse como una vía para recuperar derechos que ya habían quedado anulados con anterioridad.
Por qué la renuncia no reactiva los derechos económicos
El informe va más allá y advierte de que no resulta razonable entender la dimisión como una rehabilitación automática del estatus parlamentario. La Mesa ha considerado de forma reiterada que los acuerdos de suspensión afectan al conjunto del estatuto del diputado, sin excepciones posteriores.
Así, la pérdida definitiva del acta no supone un punto de inflexión que permita acceder a beneficios que ya no estaban vigentes antes de la renuncia.

Qué es la indemnización por cese y para qué sirve
La indemnización por cese -equivalente a una mensualidad por cada año de mandato, con un máximo de 24- no tiene carácter salarial. Su finalidad es facilitar la reincorporación a la vida laboral de los exdiputados, que no cuentan con prestación por desempleo.
Precisamente por ese motivo, recuerdan los letrados, esta compensación es incompatible con otros ingresos, como una pensión de jubilación, y solo se concede cuando concurren plenamente los requisitos reglamentarios.
Koldo García pide al Supremo que envíe el juicio de las mascarillas a la Audiencia Nacional después de que Ábalos renunciara al acta de diputado y, por tanto, perdiera el aforamiento https://t.co/7lKn0cPreW
— EL PAÍS (@el_pais) February 10, 2026
Rechazan la indemnización José Luis Ábalos, una decisión con impacto institucional
Desde el punto de vista institucional, el caso no es menor. Aceptar la indemnización en estas circunstancias habría supuesto abrir una excepción con posibles efectos expansivos en el futuro.
Con este criterio, la Mesa del Congreso se encamina a respaldar un dictamen que refuerza la coherencia interna del reglamento y consolida la doctrina aplicada hasta ahora, evitando interpretaciones que desdibujen el alcance real de una suspensión parlamentaria.









