FACUA-Consumidores en Acción alega que la promotora Madrid Salvaje AIE aplica un importe adicional al precio de la entrada, en concepto de ‘gastos de gestión’, siendo esto una cláusula abusiva
Este fin de semana se celebra el festival de música urbana Madrid Salvaje, los días 27 y 28 de septiembre, en el recinto ferial de Ifema. A pocas horas de su arranque, la promotora ha sido denunciada por la asociación FACUA-Consumidores en Acción, por cobrar un importe adicional separado del precio base de la entrada en concepto de ‘gastos de gestión’. La denuncia se ha presentado ante la Dirección General de Comercio, Consumo y Servicios de la Comunidad de Madrid.
La asociación de consumidores explica que durante el proceso de compra en la página web del evento, se añade al precio de la entrada un importe denominado ‘GG’ o ‘gastos de gestión’. Además ese importe no es siempre el mismo, sino que varía en función del tipo de entrada que se adquiera (abono general, abono Vip o entrada de día).
Los gastos de gestión, según FACUA, son parte de los costes operativos de la actividad empresarial, y ya se cargan al consumidor en el precio de venta de una entrada. Sin embargo, la organizadora del festival aplica estos gastos aparte, sin prestar ningún servicio añadido al consumidor.
Por ello, se considera una cláusula abusiva, puesto que aunque una empresa puede repercutir todos o parte de los costes del servicio que presta, lo que no puede hacer es añadirlos al precio final. Por eso, no sería acorde a la ley repercutir parte de esos costes operacionales bajo el concepto de ‘gastos de gestión’ cuando la adquisición online de una entrada es un proceso automático y autónomo en el que no hay nada que gestionar.
Qué dice la ley
El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha emitido una nota en la que deja claro cuáles son los requisitos que deben cumplir, en caso de existir, los recargos o costes adicionales durante la adquisición de entradas para espectáculos públicos.
Según recoge el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, esos gastos deben referirse exclusivamente a servicios que reciban los consumidores, ya que deben estar incluidos en el precio final que se muestra.
Si esos costes no están correctamente reflejados en la información facilitada, el consumidor no tiene la obligación de abonarlos.
Además, para un mismo evento o espectáculo, los costes adicionales no pueden variar en función del precio de la entrada, ni ser un tanto por ciento del precio. Así, atendiendo a la normativa de consumo actual, los asistentes al festival Madrid Salvaje tendrían derecho a no pagar ese cargo adicional en concepto de ‘gastos de gestión’.
La práctica del festival Madrid Salvaje sería una cláusula abusiva
FACUA considera que esta imposición es una cláusula abusiva, tal y como queda recogido en los artículos 85, 87 y 89 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, y el artículo 50 de la La Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid.
Por todo ello, la asociación ha pedido a la Dirección General de Comercio, Consumo y Servicios que abra un expediente sancionador a la promotora del festival Madrid Salvaje por vulnerar la normativa vigente en materia de defensa de derechos de los consumidores y usuarios. También pide que se inste a la empresa a devolver los importes cobrados como ‘gastos de gestión’ a las miles de personas que han adquirido el abono o la entrada.