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Ya pueden abrir discotecas y parques de bolas infantiles

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discotecas y parques de bolas apertura tras covid19

La Comunidad de Madrid actualiza las medidas y permite la apertura de discotecas y parques de bolas

Una vez finalizada la prórroga del estado de alarma por la Covid-19, la Comunidad de Madrid aprobó algunas medidas de prevención para la región. Ahora se han actualizado y, entre otras cosas, las discotecas y salas de baile podrán abrir desde el 3 de julio con aforo del 40% y también se permite la apertura de los parques de bolas infantiles.

La Orden 740/2020, de 1 de julio, de la Consejería de Sanidad, por la que se modifica la Orden 668/2020, de 19 de junio, se ha publicado hoy, día que entra en vigor.

Después de dos semanas con las medidas implantadas, la Consejería de Sanidad ha decidido introducir algunas modificaciones. Las primeras modificaciones se refieren a las discotecas y salas de baile, que ya pueden abrir, algo que ha llenado de satisfacción al sector.

https://twitter.com/ComunidadMadrid/status/1278311094537392129?s=20

El Círculo de Empresarios del Ocio Nocturno y Espectáculos de Madrid (CEONM) ha anunciado que está preparado para reactivar sus locales y ha desconvocado las concentraciones de protesta que tenían previstas.

Según la orden, la consumición en estos espacios se hará en barra o en mesa, aunque se debe asegurar el mantenimiento de la debida distancia de seguridad. El lugar destinado a pista de baile no se podrá utilizar como tal, pero se podrá habilitar para instalar mesas respetando la distancia de seguridad entre ellas y los clientes.

Más propuestas para la apertura total de discotecas 

Como recuerda CEONM, los locales de ocio nocturno que cuenten con terraza podrán hacer uso de ellas también a partir de este viernes con un aforo del 80%. A partir del 6 de julio el aforo permitido será del 100%, guardando la distancia de seguridad entre mesas.

Azotea del Círculo de Bellas ArtesAdicionalmente, CEONM ha propuesto al Gobierno una reapertura gradual y pactada. Se haría en tres fases para reanudar la actividad:

  • La primera sería la actual, que incluiría una ampliación en el horario de cierre de 30 minutos para facilitar el desalojo.
  • La segunda se iniciaría el 21 de septiembre de 2020, inicio de la temporada de invierno, y propone ampliar la ocupación a un máximo del 100% del aforo. Continuaría la limitación de no utilizar la pista de baile para su propósito.
  • En la tercera y última fase, aún sin fecha y siempre y cuando la autoridad sanitaria autonómica lo permita se recuperará la actividad de baile en las pistas o similar.

Parques de bolas y zonas recreativas infantiles, permitida la apertura

También desde el 3 de julio podrán reabrir al público los establecimientos dedicados a ofrecer juegos y atracciones recreativas para los niños, así como la celebración de fiestas infantiles. Es el caso de los parques de bolas. 

Se limita el aforo al 40% y se debe mantener la distancia de seguridad interpersonal, evitar aglomeraciones de personas y reforzar la limpieza y desinfección de todos los elementos y espacios que entren en contacto con el público. Si no fuese posible garantizar su desinfección adecuadamente, se tienen que inhabilitar para su uso. Además, ha de ventilarse el local al inicio y final de cada sesión.

Las zonas infantiles públicas al aire libre pueden abrirse al público siempre que se respete un aforo máximo de una persona por cada cuatro metros cuadrados. El Ayuntamiento es el encargado de su desinfección y limpieza.

Continua la prohibición para fiestas y verbenas

La actualización de la norma establece que hasta el 5 de julio podrán celebrarse congresos, encuentros, reuniones de negocios, conferencias, eventos, reuniones profesionales y juntas de comunidades de propietarios siempre que no se supere el 60% del aforo permitido en el lugar. Y a partir del 6 de julio, no debe superar el 75% de su capacidad.

En todo caso, deben establecerse las medidas necesarias para procurar mantener la distancia de seguridad interpersonal. Si no es posible, hay que utilizar mascarilla.

actualización medidas precaución covid19Finalmente, la Consejería de Sanidad mantendrá, de momento y por razones de seguridad, la prohibición de celebrar fiestas, verbenas y eventos populares, así como el baño en las zonas naturales de la región.

Lugares de culto y bodas

En cuanto a los lugares de culto, continúa la limitación al 75% del aforo. La utilización del exterior de los edificios o de la vía pública para la celebración de actos debe aprobarla la autoridad municipal correspondiente. Siempre habrá que mantener la distancia de seguridad y el uso de mascarilla.

En el caso de actuaciones de coros durante las celebraciones, deben situarse a más de 4 metros de los asistentes y mantener distancias interpersonales entre los integrantes.

Por otra parte, la desinfección diaria de los espacios utilizados sigue siendo obligatoria. Se deben organizar las entradas y salidas y poner a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos en lugares accesibles y visibles.bodas

Respecto a las bodas, no habrá ya límite de asistentes. Se pueden realizar en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, ya sea en espacios al aire libre o cerrados, siempre que no se supere el 75% de su aforo. En la norma del 20 de junio solo podían asistir máximo 150 personas en espacios al aire libre y 75 en espacios cerrados.

Se matiza en la nueva orden que, cuando la celebración se lleve a cabo en establecimientos de hostelería y restauración, estos se ajustarán a las condiciones y aforo previsto para ellos.

La actualización de estas medidas se lleva a cabo, según el Gobierno regional, tras evaluarse la situación con la periodicidad correspondiente teniendo en cuenta el criterio de proporcionalidad y de precaución. Se ha prestado especial atención a los ámbitos sanitario, laboral, local y a los factores sociales, económicos y culturales que influyen en la salud de las personas.

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