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Comprar libros de texto y uniformes: libertad en la elección de comercio

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Libros de texto

  • Los centros escolares pueden vender material escolar, pero los padres no están obligados a comprarlo en un comercio concreto.

  • Las autoridades de consumo recomiendan fijarse bien en las ofertas publicitarias y escoger productos que lleven el marcado CE.

Después de unas merecidas vacaciones, la vuelta al cole se va acercando tanto para los niños como para sus padres, que ya piensan en lo que van a necesitar para el próximo curso. Es momento de encargar y comprar libros de texto, uniformes y material escolar, si todavía no se ha hecho.

Las autoridades de consumo quieren advertir al consumidor de que todo este tipo de compras no puede estar vinculado a un comercio concreto. A veces, los colegios tratan de vender ese material directamente y beneficiarse de ello. Pero los padres deben saber que no están obligados a adquirir ni uniforme ni libros de texto en el centro escolar.

Por otro lado, según informa Eroski Consumer, las APA y titulares de centros educativos solo pueden vender libros de texto si están dados de alta en la Agencia Tributaria y cumplen todos los requisitos fiscales.

Así pues, el colegio puede recomendar un establecimiento para esas adquisiciones, pero está obligado a publicar los libros que necesitarán los alumnos. La decisión final la tiene el consumidor, que puede escoger el que más le convenga.

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Comprar productos que cumplan la normativa de consumo

Por otro lado, Consumo aprovecha para informar de que todo el material escolar debe llevar siempre el marcado CE y la identificación del responsable del artículo. Es la garantía para saber que se está comprando un artículo seguro y que cumple con la normativa.

Otra recomendación de las asociaciones de consumidores es que hay que ser precavido con la publicidad, que en esta época del año utiliza llamativas estrategias. Cualquier oferta publicitaria es vinculante, por lo que debe ajustarse luego, en el momento de comprar el producto, a lo que se ha anunciado. Si no es así, el consumidor tiene el derecho de exigirlo y reclamar. Para ello, es conveniente conservar folletos y catálogos.

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Se recomienda guardar también facturas y tiques, que servirán para poder hacer uso de la garantía o reclamar, si es necesario. Todos los productos nuevos tienen dos años de garantía, y si son de segunda mano, mínimo un año. El establecimiento debe disponer siempre de hojas de reclamaciones.

Por último, no hay que olvidar que existen algunas becas escolares a disposición de los ciudadanos, gestionadas por la Comunidad de Madrid.

 

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