- Si acudimos a una celebración sin permisos legales y luego hay algún problema, no podremos reclamar ante las autoridades de Consumo.
- La venta callejera y la reventa están prohibidas; conviene comprar en establecimientos oficiales y en páginas de internet oficiales.
- Es importante estar atentos a los límites de aforo, para evitar sucesos como algunos que han tenido lugar en los últimos años con desgraciados desenlaces.
Son muchas las fiestas y cotillones que se ofertan para esta noche del 31 de diciembre. La mayoría de la gente sale antes o después de cenar y las celebraciones se multiplican por toda la ciudad, tanto en establecimientos que habitualmente ofrecen servicios de restauración como en locales acondicionados para la ocasión con el fin de ofrecer un espacio para tomar unas copas, bailar y disfrutar de esa noche con los amigos. Pero no todas estas fiestas cumplen siempre con los requisitos legales.
Las autoridades de Consumo advierten de la importancia de elegir celebraciones de Nochevieja en lugares que cuenten con una licencia de funcionamiento del ayuntamiento, e incluso con una autorización de la Comunidad de Madrid, que acredita que cumplen con las condiciones de seguridad e higiene precisas. Además, se recomienda comprar las entradas en los establecimientos que organizan el evento, y si la compra es por internet, hacerlo en páginas oficiales y seguras. Como ya se sabe, la reventa o la venta ambulante de entradas están prohibidas. Si hubiese luego algún problema, el cliente que haya comprado este tipo de entradas no estará protegido por la ley.
Si la compra se ha hecho en sitios autorizados y el lugar tiene licencia, entonces es conveniente guardar la entrada, por si hubiese algún contratiempo. En este caso, sí se podría reclamar, por ejemplo, si la fiesta no ofrece lo que en un principio se había anunciado, o tiene un precio mayor de lo publicitado, o el horario no es como se había planteado. Todo este tipo de celebraciones tienen que cumplir con la normativa de Espectáculos, y tienen que respetar siempre las condiciones anunciadas para el evento.
Fundamental es además comprobar el aforo máximo permitido, que debe estar visible en el exterior del local. En la memoria de todos permanecen aún algunos dramas sucedidos en los últimos años en diversas fiestas donde el número de personas que se encontraban dentro del local era muy superior a la capacidad permitida para ese lugar. Ante cualquier situación que vulnere nuestros derechos, el establecimiento está obligado a facilitarnos la hoja de reclamaciones si lo solicitamos. Y si no lo hace, estamos en nuestro derecho de avisar a la Policía Local para que levante acta del hecho.
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