Inicio Madrid hoy Medio Ambiente Continúa la prohibición de aparcar en zona SER para no residentes

Continúa la prohibición de aparcar en zona SER para no residentes

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Restricciones aparcamiento

Las APPS y los parquímetros no expenderán tiques mañana

Mañana, jueves 23 de noviembre, los no residentes seguirán sin poder aparcar en la zona del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) en el horario de 9 a 21 horas. Además, la velocidad de circulación en la M-30 y en las vías de acceso a la ciudad en el interior de la M-40, en ambos sentidos, seguirá limitada a 70 kilómetros por hora. Después de nueve días continúa activado el Protocolo de medidas por alta contaminación de dióxido de nitrógeno.

Así, se mantienen las restricciones del escenario 2 debido a los altos niveles de NO2 y a las previsiones meteorológicas desfavorables. Durante todo el día de hoy y mañana, las APPS y los parquímetros informarán en sus pantallas de la prohibición de aparcar en la zona SER y no se expenderán tiques.

Fue en la tarde del miércoles 15 de noviembre cuando se inició este nuevo episodio de alta contaminación. Por eso, desde el Ayuntamiento de Madrid se hace un llamamiento a la ciudadanía para no usar el vehículo privado y se pide encarecidamente la utilización del transporte público. Para los que necesiten desplazarse en vehículo privado, se aconseja el uso compartido de vehículos.

Protocolo contaminación

Excepciones a la prohibición de estacionar en las plazas y horario del SER

  • Titulares de una autorización del SER como residente, exclusivamente en su correspondiente barrio y plazas.
  • Los titulares de una autorización de Comerciales e Industriales del SER6.
  • Los vehículos que no sean de combustión interna: eléctricos, de pila de combustible o de emisiones directas nulas, así como vehículos eléctricos enchufables y vehículos eléctricos de rango extendido, siempre que hayan obtenido la correspondiente autorización otorgada por el Ayuntamiento de Madrid.
  • Los vehículos estacionados en zonas reservadas para su categoría o actividad (mudanzas, vehículos diplomáticos en sus reservas específicas, coches oficiales, etc).
  • Los taxis que estén en servicio y su conductor esté presente y los vehículos de alquiler de servicio público con conductor, en idénticas condiciones.
  • Los vehículos destinados al transporte de personas de movilidad reducida en los que se exhiba la autorización especial correspondiente, con sujeción a las prescripciones y límites establecidos en la autorización especial y siempre que se esté transportando al titular de dicha autorización.
  • Servicios esenciales: vehículos de extinción de incendios, salvamento y protección civil, fuerzas y cuerpos de seguridad, agentes de movilidad, ambulancias y vehículos de asistencia sanitaria pública y privada, gestión semafórica y, en general, los que sean precisos para la prestación de servicios públicos básicos (electricidad, agua, gas y telefonía).
  • Unidades móviles de producción y retransmisión audiovisual.

Información

Los ciudadanos estarán informados de las restricciones al tráfico y aparcamiento a través de la web municipal, paneles informativos de tráfico y DGT, CRTM/EMT, gabinete de tráfico, Emergencias Madrid, sitio web www.madrid.es y redes sociales. Además, se informará a través del sistema de Alertas de Salud Ambiental.

Links de consulta:

•    www.madrid.es/contaminacion

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•    Texto completo del Protocolo: http://bit.ly/2dSlwqA

•    Datos horarios de las 24 estaciones de medición http://bit.ly/1GuBAqn

•    Previsiones meteorológicas AEMET para Madrid: http://bit.ly/18WCGZn

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