Inicio Elecciones Mayo 2015 Hoy se decide qué ciudadanos estarán en las mesas electorales madrileñas

Hoy se decide qué ciudadanos estarán en las mesas electorales madrileñas

1261
0

Hoy se decide qué ciudadanos estarán en las mesas electorales madrileñas

 

  • Se necesitan 30.177 personas para los comicios municipales de Madrid, del próximo 24 de mayo.
  • El sorteo se realiza mediante un procedimiento informático, del que sale una tabla que establece el orden para designar presidentes y vocales.
  • Los elegidos están obligados a cumplir esa función, excepto causa justificada, pero son compensados por ello.

Son 390 colegios electorales en Madrid y 3.353 mesas, que van a necesitar un total  de 30.177 personas, para los próximos comicios municipales del 24 de mayo. Como se sabe, el ejercer de presidente, vocal o suplente en una de esas mesas puede tocarle a cualquiera. Se decide a través de un sorteo informático, cuyo resultado es una tabla que establece el orden en que se han de designar presidentes y vocales. Este sorteo se celebra hoy en un Pleno Extraordinario del Ayuntamiento y se hace sobre el conjunto de votantes inscritos en cada mesa.

En total se seleccionan nueve electores por cada mesa, aunque solo tres de ellos actúan el día de las elecciones. La mesa electoral está formada por un presidente y dos vocales, pero se designan además dos suplentes para cada uno de los tres. Los electores seleccionados son avisados a través de una notificación, con acuse de recibo, a la que se adjunta un manual de instrucciones donde se explican las funciones que tendrán.

Es obligatorio ejercer esa condición de miembro de la mesa electoral y el no cumplimiento está penado. Si los electores designados no se presentan el día 24 de mayo al acto de constitución de las mesas, estarían cometiendo un delito electoral, y eso supondría su procesamiento judicial. Las penas a las que pueden ser condenados son de tres meses a un año de prisión o de una multa de seis a 24 meses, según el artículo 143 de la LOREG.

Sorteo mesas electorales

Si existe alguna justificación demostrable que impida al elector no acudir a cumplir su función electoral se puede documentar ante la Junta Electoral de Zona de Madrid (C/ Marqués de Monasterio, 3), que es el órgano competente para su resolución.

Por el contrario, el presidente y los dos vocales que finalmente constituyan la mesa electoral tendrán su compensación. Recibirán un permiso retribuido durante el día de la votación, en el caso de que ese día afecte a su jornada laboral, una reducción de cinco horas de su jornada de trabajo del día siguiente, y una dieta de 62,61€. Además, están protegidos por el Sistema de la Seguridad Social frente a contingencias y situaciones que pudieran derivarse de su participación en las Elecciones.

Si te ha gustado este artículo, déjanos un comentario. También puedes regalarnos tu Me gusta en nuestro Facebook y seguirnos en Twitter.

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.