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Comienza la restricción para la circulación en la zona de Ópera

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La circulación de la zona de Ópera, limitada a partir de agosto.

 

  • Se establece el área entre plaza de España, Gran Vía, Callao, Carmen, Puerta del Sol, Mayor, plaza de Oriente y Bailén como nueva Área de Prioridad Residencial.
  • Se podrá circular libremente por Plaza de España, Gran vía, Bailén y parte de la calle Mayor, pero no por Puerta del Sol.
  • Se podrán solicitar permisos de acceso si se reside en la zona, se tiene un comercio o se dispone de una plaza de garaje, entre otros casos.
  • Cada residente podrá solicitar hasta 10 permisos al mes sin justificación.

Mañana sábado, 1 de agosto, comienza la restricción de la circulación en el área de Ópera, por dónde no se podrá circular, excepto casos concretos con autorización. El Área de Prioridad Residencial (APR) de Ópera comprende el interior del perímetro formado por Plaza de España, Gran Vía, Callao, calle del Carmen, Puerta del Sol, calle Mayor, plaza de Oriente y calle Bailén.

Sin embargo, algunas calles dentro de ese límite quedan exentas de la prohibición. Así pues, se podrá circular por la plaza de España, Gran Vía, Bailén y calle Mayor siempre y cuando los vehículos accedan a la plaza del Comandante de las Moreras desde el túnel subterráneo de la calle Atocha y se dirijan en sentido salida a la calle Bailén.

Otras calles que escapan a esta limitación son: plaza de la Marina Española, calle del Reloj, calle del Río, tramo de la calle Leganitos entre la plaza de España y la calle Flor Baja, calle del Doctor Carracido, calle de la Flor Baja, calle de Isabel la Católica, tramo de la calle San Bernardo entre la calle Gran Vía y la plaza de Santo Domingo, tramo de la calle Silva entre la calle Gran Vía y la plaza de Santo Domingo, y tramo de la Plaza de Santo Domingo comprendido entre la calle Isabel la Católica y la calle Silva.

La Puerta del Sol queda restringida, y la plaza del Callao, la calle del Carmen y la plaza de Oriente se reservan como zona peatonal. Con estas restricciones, se pretende preservar los niveles de emisión de ruido, gases, humos y partículas contaminantes en zonas de gran densidad residencial, y de este modo, mejorar las condiciones de residentes, comerciantes y visitantes en un entorno más habitable. El APR de Ópera se une a los ya en funcionamiento de Embajadores, que se inició en 2006, y de Letras y Cortes, que se puso en marcha en 2009.

Circular con autorización
Estas zonas con tráfico restringido no quedan cerradas a todos los vehículos. Podrán circular libremente los que dispongan de autorización de residente del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) correspondiente a una zona dentro del APR, los autotaxis, los vehículos de transporte público regular, los de servicios (bomberos, policía, etc.), las bicicletas, y por primera vez los eléctricos e híbridos enchufables. También las motocicletas, pero solamente de 7 a 22 horas.

Existe la posibilidad para vecinos, comerciantes y algún otro caso, de pedir una autorización, que puede ser permanente o temporal, para acceder a esas áreas. Podrán solicitarla los residentes empadronados, que tendrán opción de pedir hasta 10 autorizaciones puntuales al mes sin justificante; los titulares de tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida; los propietarios o arrendatarios de una plaza de garaje o vivienda situada en el interior del APR; los usuarios de alguna plaza de garaje en esa zona; los titulares de hoteles u hostales; los comerciantes con local en el interior del perímetro; los vehículos de transporte; las asociaciones de comerciantes ubicadas en el APR; y los coches oficiales de las administraciones públicas.

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El ayuntamiento prevé controlar que se cumpla la restricción de acceso a la zona gracias a la captura de matrículas mediante cámaras, que se cotejarán con una base de datos de los vehículos residentes y autorizados, y a los que multarán si no coinciden. En el caso de que algún conductor tenga necesidad de acceder a esa zona de forma puntual, podrá solicitar una autorización justificándola, antes o hasta 48 horas después de haberse accedido a la zona limitada.

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